La OIT (Bienvenidos al mundo laboral)
Este 2019 celebramos los 100 años de la creación de la
Organización Internacional del Trabajo, la agencia especializada más antigua de
las Naciones Unidas.
El 28 de junio de 1919 se firmó en Versailles el tratado de
paz que pondría el punto final a la 1era Guerra Mundial. Dicho Tratado de
Versailles incluía en su cláusula primera la creación de una Sociedad de
Naciones (SDN), futura ONU, para desarrollar la cooperación entre las naciones
y garantizar la paz y la seguridad. Pero la deseada Paz Universal y Permanente
solo era posible si había justicia social. Esa justicia social tan clamada y
reclamada durante un largo proceso de luchas sindicales y trabajadoras que
cubrió todo el siglo XIX y que quedo evidente por el enorme sacrificio humano
realizado en los campos de batalla europeos durante la Gran Guerra.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT), apartado
XIII del Tratado, hija de la 1er Guerra Mundial, heredera de un proceso
histórico del siglo XIX de la internacionalización de la cuestión social promovida
por pensadores del XIX y los movimientos internacionales obreros, pareció una
necesidad.
“La fuerza que impulsó la creación de la OIT fue provocada
por consideraciones sobre seguridad, humanitarias, políticas y económicas. Al
sintetizarlas, el Preámbulo de la Constitución de la OIT dice que las Altas
Partes Contratantes (es decir los países firmantes) estaban “movidas por
sentimientos de justicia y humanidad así como por el deseo de asegurar la paz
permanente en el mundo...” Había por lo tanto un verdadero reconocimiento a la importancia
de la justicia social para el logro de la paz, en contraste con un pasado de
explotación de los trabajadores en los países industrializados de ese momento.
Había también una comprensión cada vez mayor de la interdependencia económica
del mundo y de la necesidad de cooperación para obtener igualdad en las
condiciones de trabajo en los países que competían por mercados. El Preámbulo,
al reflejar estas ideas establecía:
- Considerando que la paz universal y permanente sólo puede basarse en la justicia social;
- Considerando que existen condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales; y considerando que es urgente mejorar dichas condiciones;
- Considerando que si cualquier nación no adoptare un régimen de trabajo realmente humano, esta omisión constituiría un obstáculo a los esfuerzos de otras naciones que deseen mejorar la suerte de los trabajadores en sus propios países.
Las áreas que podrían ser mejoradas enumeradas en el
Preámbulo continúan vigentes, por ejemplo:
- Reglamentación de las horas de trabajo, incluyendo la duración máxima de la jornada de trabajo y la semana;
- Reglamentación de la contratación de mano de obra, la prevención del desempleo y el suministro de un salario digno;
- Protección del trabajador contra enfermedades o accidentes como consecuencia de su trabajo;
- Protección de niños, jóvenes y mujeres.
- Pensión de vejez e invalidez, protección de los intereses de los trabajadores ocupados en el extranjero;
- Reconocimiento del principio de igualdad de retribución en igualdad de condiciones;
- Reconocimiento del principio de libertad sindical;
- Organización de la enseñanza profesional y técnica, y otras medidas similares.”
Desde entonces ha habido muchas convenciones, mucho progreso
en muchos aspectos pero queda todavía mucho por hacer y defender todavía ante
un mundo mucho más complejo, trabajo precarizados en países donde el derecho
social parecía haberse establecido.
Actualmente la OIT lucha para:
- Erradicar el trabajo forzoso, trafico, esclavitud y servidumbre.
- Por los derechos de los pueblos indígenas, de los trabajadores indígenas, los trabajadores migrantes y los trabajadores domésticos.
- Promueve la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible para 2030 y la defensa del trabajo decente.
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Articulo de interés sobre el trabajo forzoso:
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