Trabajadores y Empleadores (Bienvenidos al mundo laboral)

La relación laboral es aquella por la que los trabajadores prestan voluntariamente sus servicios de forma remunerada por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona que recibe el nombre de empleador o empresario.

A.- Trabajador

Trabajador es la persona física* que con la edad legal mínima presta servicios retribuidos subordinados a otra persona, a una empresa o institución. Si su edad es menor a legal establecida (18 años), puede ser considerado trabajo infantil y puede ser ilegal a menos que tenga, en ciertos casos, permiso de sus padres o tutores. Si no presta los servicios de forma voluntaria, se considera esclavitud o servidumbre.
Suele usarse Empleado como sinónimo aunque tiene unas diferencias como el grado menor de compromiso al trabajo del empleado, conlleva el rol de subordinado y se le suele ubicar en una oficina.
* Persona física viene del derecho romano y para hacerlo simple se diría que es todo miembro de la especie humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.

Clasificación de los trabajadores

1.- Por el tipo de contrato de trabajo

Según el tipo de contrato y su duración temporal u horaria:
1.a.- Por su condición:
  • Trabajador fijo o indefinido, incluyendo al trabajador fijo discontinuo.
  • Trabajador temporal, tanto en las modalidades de eventual, por obra y servicio o por interinidad, entre otras.
1.b.- Por la jornada:
  • Trabajador con contrato a tiempo completo.
  • Trabajador con contrato a tiempo parcial.

2.- Por el tipo de relación de dependencia

  • Trabajador dependiente o asalariado, es decir el trabajador por cuenta ajena o que trabaja para otra persona, empresa o institución.
  • Trabajador por cuenta propia o trabajador autónomo, no es asalariado de una determinada empresa. Es la persona física que realiza de forma habitual, personal y directa, una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo, y aunque eventualmente utilice el servicio remunerado de otras personas. La responsabilidad del autónomo es ilimitada, respondiendo de las actividades del negocio con todos sus bienes presentes y futuros, de forma que no hay separación entre el patrimonio personal y el de la empresa. La mayoría de los empresarios individuales suelen estar afiliados al régimen especial de autónomos de la Seguridad Social.

B.- Empleador, empresario y capitalista

El empleador es aquella persona que da empleo. Como la ley supone que se encuentra en una situación de poder sobre el empleado que debe aceptar sus directivas en cuanto al trabajo a realizar, es este último el que está protegido por las leyes laborales.
Pueden ser empleadoras una o más personas físicas o una persona jurídica, que solicite y contrate a uno o más trabajadores para que pongan a su disposición su fuerza de trabajo.
  • El empleador debe brindar a sus trabajadores:
  • un salario digno,
  • respetando los mínimos legales,
  • un lugar confortable para trabajar,
  • no hacer discriminaciones entre sus empleados,
  • cumplir con las normativas del derecho de la Seguridad Social,
  • brindarles las vacaciones y licencias que la ley establece,
  • respetar sus derechos sindicales, etc.
Puede despedir a sus empleados sin motivo, pero deberá compensarlos con una indemnización que varía de acuerdo al tiempo que haya durado la relación laboral. Si hay justas causas puede despedirlo sin indemnización, pero esos motivos deben estar plenamente justificados, pues si el empleado somete a juicio el despido, y las causas no están claras, los tribunales del trabajo resolverán ante la duda, en beneficio del trabajador.
Así como los trabajadores pueden afiliarse en sindicatos, también los empleadores para acrecentar su fuerza en las negociaciones colectivas pueden formar asociaciones, pero mientras que los trabajadores no pueden actuar en ellas en forma individual, y solo pueden hacerlo a través de los sindicatos, los empleadores pueden hacerlo por sí solos o asociados.

El empresario es la persona que debe tomar las decisiones necesarias para llevar a cabo la actividad empresarial y es en consecuencia, responsable de la misma, asumiendo los riesgos que puedan derivarse de sus decisiones.

El propietario o capitalista es la persona que tiene la propiedad del capital (inmueble, maquinaria u otro tipo de utillaje e instalaciones). En ocasiones se confunden las figuras del empresario y el capitalista o propietario, dado que pueden coincidir en la misma persona, pero no siempre sucede así, sobre todo en las grandes empresas en las cuales suele haber muchos socios capitalistas y solo unas pocas personas responsables de la gestión.

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