Contratos (Bienvenidos al mundo laboral)
Un contrato es un acuerdo dónde dos o más partes establecen
para determinar los derechos y las obligaciones sobre una determinada materia.
Un contrato de trabajo o contrato laboral es un documento que
regula la relación laboral entre los empleadores y los trabajadores.
Pueden firmarlo:
- Los mayores de edad (18 años).
- Los menores de 18 años legalmente emancipados.
- Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo. Si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores.
- Los extranjeros de acuerdo con la legislación que les sea aplicable.
En el caso de un contrato
individual de trabajo, detalla que una persona física (el trabajador) asume
el compromiso de realizar ciertas tareas para una persona jurídica (empresa u
otro) o física (el empleador), bajo dependencia y subordinación de ésta.
El empleador, a su vez, asume la obligación de pagar por
dichas tareas una cierta remuneración.
La relación laboral finaliza cuando el contrato de trabajo
queda sin efecto. Esto puede suceder cuando el empleador decide, de manera
unilateral, la rescisión de dicho
contrato, ya sea invocando una causa o no. El trabajador, en este caso, es despedido. Otra posibilidad es la extinción del contrato de trabajo, que
supone la desaparición de las obligaciones y de los derechos acordados.
Un contrato colectivo
de trabajo, por su parte, es un convenio que establecen uno o más
empleadores con uno o más sindicatos para fijar determinadas condiciones que
deben respetarse en las relaciones laborales. Estos contratos pueden abarcar
cuestiones como los salarios, la duración de la jornada y las vacaciones.
Tipos de contrato de trabajo
Contrato indefinido
Contrato indefinido o fijo es el que no se limita a un período de tiempo
determinado, sino que prevé una continua prestación
de servicios por parte del empleado al empleador hasta que una de las dos
partes decida finalizar la colaboración. Dado que ofrece bonificaciones que
pretenden incentivar el acceso al trabajo de varios colectivos, las empresas
también se ven beneficiadas al optar por este tipo de contrato. Para ello
Cabe señalar que para poder gozar de dichos beneficios es
necesario que las empresas no tengan ninguna clase de deuda proveniente de la
administración tributaria o la seguridad social. Y por defecto todos los
contratos son indefinidos a menos que se especifique en el contrato otra cosa.
El contrato fijo
discontinuo es una modalidad de contrato donde el trabajador tiene un
contrato indefinido mientras dura la actividad que realiza. Cuando no está
trabajando puede realizar
otro trabajo o cobrar la prestación por desempleo. Suele producirse en puestos
de trabajo que no duran todo el año y que tienen unos picos de actividad
estables.
Es común utilizar esta contratación en centros escolares, en
trabajos derivados de la agricultura como en la recolección de frutas y
verduras, turismo, deportes de temporada y en todas aquellas actividades que no
requiere realizar actividades continuadas a lo largo del año.
Contrato temporal
Este tipo de contrato establece un límite de tiempo para la
colaboración, siendo la duración máxima tres años, la cual se puede extender
por uno más.
En este caso existe la siguiente subdivisión:
- Contrato de obra o servicio determinado: el empleado se compromete a realizar un trabajo bien definido de forma autónoma;
- Contrato eventual: se elabora para resolver cuestiones de la producción, como ser un exceso de demanda que el plantel fijo no pueda satisfacer;
- Contrato de interinidad: sirve para la sustitución de empleados por distintos motivos, como ser vacaciones.
Contrato de formación y aprendizaje
El contrato de
formación tiene el objetivo de formar al trabajador en un régimen de
trabajo remunerado durante un tiempo determinado. Uno de los requisitos principales
para el empleado es tener entre 16 y 25 años, aunque si la tasa de desempleo
está por debajo del 15% se puede extender la franja etaria hasta los 30 años.
Contrato en prácticas
permite a los trabajadores que hayan finalizado sus estudios dentro de los
cuatro años anteriores a la fecha de la celebración del contrato realizar una
experiencia en una empresa por un plazo máximo de dos años, ya sea a jornada
completa o parcial, percibiendo un salario
que suele rondar el 60% del que cobran los empleados fijos.
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